Gastos de notario en Constitución de S.L.
Gastos de notario en Constitución de S.L.
La Sociedad Limitada únicamente puede constituirse de manera válida mediante el otorgamiento de la correspondiente escritura notarial, en la que se homologan los Estatutos Sociales. Por regla general, se procede a escriturar en ese mismo momento el nombramiento de los organos de administración de la sociedad, llevado a cabo en reunión celebrada por la Junta General de Socios.
Para poder inscribir a la sociedad en el Registro Mercantil se precisa llevar a cabo la inscripción en forma legalizada ante el Juzgado del Registro que corresponda.
Otra función del notario -que genera un coste adicional- es la de confeccionar la lista de los socios que debe aportarse para la inscripción social (Art. 8 Par. 1 Nr. 3 GmbHG).
Por los servicios anteriormente indicados y en base a un capital social de 25.000 Euros, se calculan por el notario los siguientes costes:
- por el otorgamiento de la escritura de constitución, una tasa doble según el Art. 36 Par. 2 KostO 168,00 Euro,
- por el otorgamiento relativo al nombramiento de los organos de administración de la Sociedad, una tasa doble según el Art. 47 KostO 168,00 Euro,
- por el proyecto de Inscripción junto a la legalización de la firma la mitad de una tasa según el Art. 145 Par. 1, 38 Par. 2 Nr. 7 KostO 42,00 Euro,
- por la confección de la lista de socios la mitad de una tasa según el Art. 147 Par. 2 KostO 13,00 Euro.
A estos gastos deben añadirse los costes en que incurra el notario con motivo del encargo, tales como Teléfono, correo, etc, así como el IVA que actualmente es del 19 %; para los gastos por copias se aplica la regla de 0,50 € por hoja. El número de hojas dependerá esencialmente del volumen y complejidad de los Estatutos Sociales, así como del número de receptores de copias de las escrituras.
Si la S.L. se compone únicamente de un socio ("Sociedad Unipersonal"), la tasa correspondiente al otorgamiento de la escritura de Constitución de la sociedad se reduce a 84,00 €. El importe de la tasa de asistencia del notario es un valor orientativo.